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No pegues un frenazo antes de un radar, te pueden multar igualmente

Por la causa que sea, a veces nos damos cuenta de que estamos a punto de "comernos" un radar, y estamos conduciendo por encima de la velocidad permitida. ¿Qué puede ocurrir si tenemos la genial idea de pegar un frenazo? Veámoslo

7 min. lectura

Publicado: 13/05/2016 14:00

No todos los conductores cuentan con cámara frontal con lectura de señales de tráfico, y pueden desconocer cuál es el límite de la vía a partir del cual multará un radar

Hasta el conductor más prudente, sensato y respetuoso con las normas puede tener un mal día y ser cazado por un radar, fijo o móvil, y recibir un castigo económico en forma de multa. Por simple rutina, uno puede caer incluso en la ruta que conoce de memoria, porque se ha instalado un cinemómetro y no se ha reparado en ello.

Desde que empezaron a proliferar los radares como las flores en primavera, algo ha cambiado en la forma de conducir de los españoles, pero no todo. Seguimos siendo espectadores del lamentable espectáculo de aquellos que pegan un frenazo ante un radar, incluso cuando no están circulando por encima de los límites, por desconocimiento de cuál es el límite vigente, o por darse cuenta de que están adelantando muy rápido un coche con radar móvil.

Pegar un frenazo para esquivar el radar puede ser bastante peligroso, sobre todo si consideramos el respeto que existe ante la distancia de seguridad, esa gran desconocida. La mayoría de los conductores adecúan su velocidad de forma progresiva, pero no siempre sucede así.

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Radar en la M-30 - Fotografía: Javier Barbancho

El artículo 53 del Reglamento General de Circulación dice así:

  1. Salvo en caso de inminente peligro, todo conductor, para reducir considerablemente la velocidad de su vehículo, deberá cerciorarse de que puede hacerlo sin riesgo para otros conductores y estará obligado a advertirlo previamente del modo previsto en el artículo 109, sin que pueda realizarlo de forma brusca, para que no produzca riesgo de colisión con los vehículos que circulan detrás del suyo.
  2. Las infracciones a las normas de este precepto tendrán la consideración de graves, conforme se prevé en el artículo 65.4.a) del texto articulado.

Es decir, en teoría, no podemos frenar si previamente no hemos comprobado que se puede hacer con seguridad, de la misma forma que antes de hacer cualquier maniobra lateral tenemos que mirar por el retrovisor.

¿Y cómo avisamos a los demás? Para eso están las luces de freno -y en algunos modelos los intermitentes de emergencia, si es frenada brusca- o, en caso de avería de las luces, hay que sacar el brazo por la ventanilla y agitarlo verticalmente muy deprisa.

Supongamos que nos encontramos con un radar, fijo o móvil, y queremos reducir la velocidad rápidamente. Si somos sorprendidos haciéndolo de forma muy brusca, nos exponemos a dos tipos de sanciones, y bastará la declaración de un agente al tener el rango de autoridad pública (presunción de veracidad).

En el caso de que reduzcamos "considerablemente" la velocidad, sin existir ningún riesgo, y sin avisar a los demás conductores, podemos ser sancionados con 200 euros (con reducción, 100 euros). Si, además, existe un riesgo de colisión para terceros, el mismo importe. Estas sanciones no detraen puntos. Entiéndase que ver un radar no se considera "causa justificada".

¿Y qué podemos entender por "reducir bruscamente la velocidad"? Eso queda a criterio del agente, pero podemos asumir una barrera bastante lógica: que los neumáticos hagan ruido, que es cuando se hace una frenada muy brusca, o cuando se pueda percibir un cabeceo intenso de la carrocería, aunque esto depende mucho del vehículo. No es lo mismo ir "pasado" 20 km/h, que 60 km/h. Ante un exceso leve, una pequeña corrección con el freno evitará la sanción, y lo más importante, evitará crear peligro para los demás.

Multa de 200 euros por pegar un frenazo ante un radar móvil en la A-3 - Fuente forotransportistas.es

Circula por Internet esta imagen de una presunta denuncia por pegar un frenazo antes de un radar. Sin que podamos contrastar su veracidad, coincide el hecho denunciado y el importe de la multa con lo que indica la actual Ley de Seguridad Vial. Antes de la última reforma legal, un frenazo sin avisar se castigaba con 100 euros, y de existir peligro para terceros, subía a 150 euros.

En otras palabras, como un exceso de velocidad leve, por encima del margen de error del radar, se castiga con 100 euros, no merece la pena pegar el frenazo, porque seríamos sancionados por el frenazo más que por la velocidad. En este caso concreto, la sanción partió del mismo coche radar, pero no se pudo notificar la sanción al infractor. La multa llega igualmente.

El conductor tiene la responsabilidad de circular no solamente a una velocidad legal, sino a una velocidad adecuada a las circunstancias de conducción. Si vamos pendientes a lo que tenemos que estar, y nuestro "trote" es moderado, no tendremos la necesidad de pegar ningún frenazo, pero debemos estar atentos de otros conductores que no tengan esto tan claro.

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