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¿Vas a comprar un patinete eléctrico u otro VMP? Atención a la normativa de la DGT que entra en vigor el 22 de enero

El 22 de enero entra en vigor el nuevo Manual de Características Técnicas de los Vehículos de Movilidad Personal ya de manera definitiva. Te explicamos qué requisitos deben cumplir los patinetes eléctricos nuevos y también los usados.

¿Vas a comprar un patinete eléctrico u otro VMP? Atención a la normativa de la DGT que entra en vigor el 22 de enero
El patinete eléctrico se ha convertido en el medio de transporte preferido de muchos. - Freepik

7 min. lectura

Publicado: 24/01/2022 17:30

Actualizado: 09/12/2023 09:45

Poco a poco, las ciudades se van llenando de patinetes eléctricos y otros vehículos similares, lo que técnicamente se denomina como Vehículos de Movilidad Personal (VMP).

A consecuencia de ello, han ido surgiendo diversas complicaciones que han obligado a la Dirección General de Tráfico (DGT) y al Gobierno a crear nuevas normativas que regulen el uso de este tipo de medios de transporte para adecuarlo a la convivencia de los mismos con los peatones y vehículos a motor.

A partir del 22 de enero de 2024, los VMP vendidos deben estar certificados

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¡Infórmate!

Dicha normativa queda recogida en un manual que entró en vigor el pasado 22 de enero de 2022, aunque en régimen transitorio. Sin embargo, a partir del 22 de enero de 2024, los VMP vendidos deben estar certificados. No sólo eso, además los que hayan sido adquiridos con anterioridad puede circular sin dicha certificación, pero sólo hasta es mismo día de 2027.

En dicha normativa para estos VMP que actualmente ya no pueden circular por aceras, travesías, vías interurbanas, túneles urbanos, autopistas y autovías, se regulan aspectos técnicos como sistemas de frenado, avisadores acústicos, ruedas, etc, así como velocidad máxima.

Características que deben cumplir los patinetes eléctricos y otros VMP

Antes de entrar a fondo en el manual de características técnicas, conviene precisar que Vehículo de Movilidad Personal (VMP) es todo vehículo de una o más ruedas dotado de una única plaza y propulsado exclusivamente por motores eléctricos con baterías de hasta 100 Voltios en corriente continua (CC), y con un cargador integrado de hasta 240 Voltios en corriente alterna (CA) de entrada.

Además, su velocidad máxima deberá ser de al menos 6 km/h y únicamente podrán estar dotados de un asiento o sillín. Esta definición excluye a los vehículos para personas con movilidad reducida, a los juguetes, a las EPAC y aquellos vehículos tipificados como «L» según el Reglamento 168/2013 de la UE.

El patinete eléctrico deberá cumplir una nueva normativa desde el 22 de enero. Imagen: Pixabay

Cómo debe ser un patinete eléctrico autorizado por la DGT

Establecidas las premisas iniciales, las principales características que los nuevos patinetes eléctricos y demás VMP deben cumplir a instancias de la DGT son las siguientes.

Velocidad máxima

No pueden superar los 25 km/h, velocidad a la que el motor tiene que dejar de impulsar al vehículo. Debe incluir sistemas de antimanipulación de la velocidad y la potencia, así como indicador de velocidad y nivel de batería.

Sistema de frenado

Deben disponer de dos frenos independientes, con una desaceleración mínima de 3,5 m/s2. En caso de fallo de un freno, el otro debe poder ejercer un mínimo del 44 % del efecto de frenado sin afectar a la trayectoria del vehículo. Los vehículos de más de dos ruedas deberán disponer de freno de estacionamiento.

Visibilidad

El VMP debe incorporar catadióptricos en el frontal (blanco), en ambos laterales (blanco o color amarillo auto) y atrás (rojo). Además, la luz de freno debe estar diferenciada o combinada con la luz trasera.

Las luces y reflectantes están ya normalizados para una correcta visibilidad y señalización.

En el caso de los VMP destinados al transporte de mercancías u otros servicios, deben llevar reflectantes laterales de color amarillo auto y traseros de color rojo, en aristas y vértices de la carga, que permitan señalizar y distinguir claramente en situaciones de baja visibilidad tanto la altura como la anchura de la misma.

Igualmente, este tipo de vehículos deben llevar instalados obligatoriamente intermitentes. También retrovisores y asistente de marcha atrás.

Avisador acústico

Para todo tipo de VMP y en el caso de mercancías u otros servicios deberán llevar también avisador sonoro de marcha atrás.

Sistema de estabilización en aparcamiento

Se establece la obligatoriedad de incorporar un sistema de estabilización consistente en una pata de cabra lateral o caballete central mientras están aparcados para los VMP con menos de tres ruedas, con el objetivo de evitar los VMP caídos en medio de las calles y guardar un cierto orden en las ciudades.

Tamaño de las ruedas

El diámetro mínimo establecido de las ruedas es de 203,2 mm y deben ser siempre de superficie rugosa de modo que permitan la adherencia al terreno.

Plegado seguro

Los VMP deben disponer de un doble sistema de seguridad para asegurar que quedan bien acoplados mientras se llevan recogidos, evitando así aperturas involuntarias.

Marcaje de fábrica

Debe ser único, permanente, legible y estar ubicado de forma claramente visible con información sobre la velocidad máxima, el número de serie, el número de certificado, el año de construcción, la marca y modelo.

Portaidentificador

De manera similar a los portamatrículas de los vehículos a motor, los VMP deben llevar en la parte trasera del mismo un espacio para llevar una identificación o etiqueta de registro.

Recuerda, esta normativa ya ha entrado en vigor de forma transitoria y lo hace de manera definitiva y obligatoria el 22 de enero de 2024.

Fuente: DGT / BOE

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