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Aprobado el mapa oficial de puntos de recarga para coches eléctricos; 100.000 en 2023

El Consejo de Ministros ha aprobado el Real Decreto que regulará los puntos de recarga para coches eléctricos y que, entre otros objetivos, pretende conseguir la activación de un total de 100.000 puntos en 2023.

Aprobado el mapa oficial de puntos de recarga para coches eléctricos; 100.000 en 2023
El mapa oficial de puntos de recarga para coches eléctricos está más cerca.

3 min. lectura

Publicado: 08/03/2022 19:30

El Ministerio para la Transición Energética y el Reto Demográfico ha visto como el Consejo de Ministros del Gobierno de España ha aprobado este martes 8 de marzo el Decreto Ley que tiene como objetivo impulsar el sector de los puntos de recarga para coches eléctricos.

Para ello se crea un marco regulado para la actividad de prestación de recarga, con obligaciones y derechos para las partes involucradas en dicha actividad. Esto permitirá la creación de un mapa oficial de puntos de recarga que el Gobierno pretende hacer público en los próximos meses.

Además, este marco normativo debe permitir dinamizar la movilidad sostenible con el objetivo final de llegar a los 100.000 puntos de recarga en 2023. Una cifra aún muy lejana, pues al cierre del ejercicio 2021 la cifra total en España era de únicamente 13.411.

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Incentivar la instalación de puntos de recarga

La ministra Teresa Ribera ha señalado que «se regularán las obligaciones a las que quedan sometidos aquellos que instalan en un espacio público un punto de recarga, incluidas las de información importante para mapear y conocer la disponibilidad de cada punto de recarga o el precio de la recarga en cada una de las instalaciones en vía pública».

El Ministerio de Transición Ecológica y Reto Demográfico ha indicado que está desarrollando un «marco regulatorio incentivador del despliegue de puntos de recarga», que se concreta con ayudas económicas con cargo al Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

Dentro de este nuevo marco regulatorio se establecen dos figuras jurídicas. Uno es el operador del punto de recarga, que es el titular de los derechos de explotación de las estaciones de carga y también responsable de su operatividad física.

El segundo es la empresa proveedora de servicios para la movilidad eléctrica, es decir, quien ejerce de intermediario entre el operador y el usuario de coche eléctrico y que puede prestar servicios de valor añadido a este.

Ambas figuras tienen a su vez varias obligaciones:

  • Informar del origen de la energía eléctrica suministrada
  • Disponer de un servicio de atención al cliente
  • Preservar el carácter confidencial de la información de la que tengan conocimiento en el desempeño de su actividad.

A su vez, esta nueva legislación preserva «la obligatoriedad de la recarga puntual en estaciones de acceso público, sin que puedan establecerse barreras de naturaleza técnica o contractual, garantizando el acceso de todos los usuarios de vehículos eléctricos a la recarga y reduciendo la denominada ‘ansiedad de la autonomía’».

Fuente: MITECOFotos: Freepik

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