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¿Cuál es la multa por conducir sin carnet de conducir provisional?

Por conducir sin el carnet provisional encima hay multa de 10 euros; deberían dártelo en 3 días desde el aprobado junto a la 'L' que tendrás que colocar en tu vehículo para empezar a conducir de forma legal y sin riesgos.

¿Cuál es la multa por conducir sin carnet de conducir provisional?
Si te paran y no llevas el carnet provisional encima, multa de 10 euros.

5 min. lectura

Publicado: 18/05/2020 21:00

EL carnet provisional es el primer permiso al que todos los conductores tienen acceso una vez que se ha aprobado el examen práctico. El 'problema' es que no se recibe al instante, sino algunos días después de haber pasado con éxito las pruebas correspondientes. Es un permiso provisional con una validez de tres meses, tiempo durante el cual debería llegarte a casa, y por correo ordinario, el permiso de conducir regular y definitivo.

Desde que hayamos superado las pruebas, en un plazo aproximado de tres días debería llegar a nuestra autoescuela el carnet provisional de parte de la Dirección General de Tráfico. Junto a al mismo nos entregarán o venderán la 'L' que debemos colocar en la parte trasera del vehículo y será entonces cuando realmente podamos conducir. Porque ¿qué pasa si conduzco sin el carnet provisional?

Sí, hay multa por conducir sin el carnet provisional encima

Hay dos posibilidades. Una, la menos grave, es que la base de datos se haya actualizado ya y por tanto, a nivel burocrático, cuentes ya con permiso de conducción aunque no lo tengas físicamente y ni siquiera se haya expedido el carnet provisional. En ese caso te pueden multar por no llevar la documentación encima, y la multa será de 10 euros únicamente.

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En tres días deberías tener el carnet provisional y entonces podrás empezar a conducir.

Pero, en caso de que la base de datos no se haya actualizado aún, entonces no se podrá demostrar que tienes permiso de conducción. Esto implicaría que los agentes puedan denunciarte por lo penal. Conducir sin permiso de conducción es un delito castigado por el Código Penal en su artículo 384, con una pena de prisión de tres a seis meses o multa de doce a venticuatro meses, o con trabajos sociales de treinta y uno a noventa días.

Esta denuncia se podría recurrir, pero los plazos pueden ser lentos y el problema no será leve. Por eso, lo más recomendable es esperar. Si no quieres que te denuncien por lo penal, y que puedan retener tu vehículo, es mejor esperar un plazo de solo tres días para disponer del carnet provisional y, por supuesto, poner el indicativo correspondiente en el vehículo porque también hay multa por no llevar la 'L' cuando somos conductores noveles.

Necesito conducir ¿puedo hacerlo sin tener aún el carnet provisional?

En teoría, sí, desde que hayas aprobado todas las pruebas correspondientes a tu permiso de circulación. Pero hay que esperar, a priori, a disponer del carnet provisional. El mayor riesgo, como avanzábamos, es que la base de datos a la que acceden los agentes esté actualizada. Para minimizar los riesgos lo más recomendable es esperar, no obstante, puedes hacer lo siguiente:

Si necesitas conducir, por cualquier motivo, pon la 'L' en tu vehículo y circula, pero te expondrás durante algunos días a la multa de 10 euros por no llevar el carnet provisional contigo. Y te expondrás igualmente a que la base de datos no se haya actualizado y te puedan denunciar por lo penal, luego tendrías que tramitar el recurso de la denuncia cuando tengas toda la documentación a tu alcance.

Para asegurarte de que la base de datos se haya actualizado, aunque no es ninguna garantía de que así habrá ocurrido, deja un margen de al menos un día laborable desde que hayas podido comprobar en la página web de la Dirección General de Tráfico tu resultado positivo en las pruebas de tu permiso de conducción.

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