Motor.es

A partir de qué edad se puede conducir en España, dependiendo del tipo de vehículo

En España, la edad genérica para conducir son los 18 años. Sin embargo, hay determinados tipos de vehículos que se pueden conducir con menos edad, y algunos incluso no lo puedes hacer hasta que no cumples más años.

A partir de qué edad se puede conducir en España, dependiendo del tipo de vehículo
¿A partir de qué edad se puede conducir en España? Todo depende del vehículo en cuestión.

7 min. lectura

Publicado: 02/02/2024 20:00

Cada país tiene sus reglas a la hora de establecer una edad para dejar a sus jóvenes poder conducir un vehículo. En España y en la gran mayoría de países, la edad mínima para conducir un coche la marcan los 18 años, cuando nos hacemos mayores edad.

Otras regiones se adelantan, como por ejemplo el Reino Unido (17), y en otros países dependerá de los diferentes estados en los que se divida. En EE.UU., dependiendo del estado, se puede incluso conducir desde los 14 años.

En nuestro país, como decíamos, la edad genérica son los 18 años, cuando la gran mayoría se saca el permiso tipo B para conducir turismos. Sin embargo, en España puedes conducir otro tipo de vehículos a menos edad: concretamente, desde los 14 años.

Calcula ahora el precio de tu seguro de coche

¡Infórmate!

Está por ver si finalmente sale adelante la idea de la Comisión Europea de crear un carné de conducir panaeuropeo que permita conducir coches a los jóvenes de 17 años siempre que sea de forma controlada, estando acompañados por un adulto.

Mientras tanto, esto es lo que deben saber los menores de edad que quieran salir a la carretera en España.

Estas son las edades que los jóvenes menores de edad deben conocer para poder conducir.

Cuatro opciones para conducir siendo menor de edad

La DGT permite la conducción de ciertos vehículos a los menores de 18 años bajo una serie de autorizaciones administrativas. Estas son las 4 que permiten a estos jóvenes salir a la carretera sin haber cumplido la mayoría de edad:

  • Permiso AM: desde los 15 años se pueden conducir ciclomotores de hasta 50 cc (de dos y tres ruedas), así como cuadriciclos ligeros de hasta 50 cc (eléctricos incluidos). Para conseguir esta licencia se debe pasar un examen teórico específico y una prueba práctica en pista cerrada.
  • Permiso A1: desde los 16 años se pueden conducir cuadriciclos ligeros, ciclomotores, triciclos de motor y motocicletas sin sidecar con limitaciones. No deben superar los 125 cc, los 15 CV ni los 0,1 kW/kg de relación potencia/peso. Se deben pasar dos pruebas teóricas (común y específica para motos) y dos pruebas prácticas (maniobras en circuito cerrado y circulación en carretera abierta).
  • Licencia LVA: desde los 16 años se pueden conducir vehículos agrícolas autopropulsados y con remolque, siempre que no superen los 45 km/h ni el peso o dimensiones establecidos para los vehículos ordinarios. Será necesario pasar una prueba teórica y otra práctica de maniobras en circuito cerrado.
  • Licencia LCM: desde los 14 años se pueden conducir vehículos para personas con movilidad reducida. Eso sí, no pueden llevar pasajeros consigo hasta que el joven tenga al menos 16 años. Deberán pasar una prueba teórica específica de control de conocimientos, así como una prueba práctica de control de aptitudes y comportamiento en pista.
Los ciclomotores son una gran alternativa para que los menores de edad se puedan desplazar por carretera.

Hay que recordar que los jóvenes menores de edad que circulen con alguno de estos permisos o licencias deberán obedecer las mismas normas de circulación que el resto de conductores.

Al ser menores, sus padres o tutores legales son los responsables solidarios en caso de infracción de tráfico. Y ojo, porque ante un control de alcoholemia, los jóvenes de edad deberán respetar el límite 0,0.

Otros permisos de conducir, otras edades mínimas

La DGT contempla más de una decena de tipos de permisos y licencias para conducir. Sabiendo ya las anteriores y el permiso de conducir tipo B para turismos (y motos de hasta 250 cc) a partir de los 18 años, conviene recordar estos otros:

  • Permiso A2: desde los 18 años se puede conducir una motocicleta con una potencia máxima de 35 kW (47 CV). Requiere de un examen en pista específico.
  • Permiso A: desde los 20 años para poder conducir motocicletas de motor sin limitación, y desde los 21 años para los triciclos de motor también sin limitación.
  • Carné B+E: desde los 18 años permite conducir conjuntos de vehículos acoplados compuestos por turismo con remolque o semirremolque cuya MMA no supere los 3.500 kg. Si el remolque fuese de menos de 750 kg, con el permiso B sería suficiente.
Además de la edad, hay que tener en cuenta las pruebas teóricas y prácticas para sacarse un permiso de conducir.

Para los permisos específicos de camiones, se permite la obtención de los carnés C1 y C1+E a partir de los 18 años, así como los carnés C y C+E a partir de los 21 años.

Para los autobuses, los permisos D1 y D1+E están disponibles desde los 21 años, mientras que para los carnés D y D+E habrá que esperar hasta los 24 años, aunque se puede obtener antes cumpliendo ciertos requisitos y limitaciones.

Compártela en:

Pixel