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Entran en vigor los nuevos límites de velocidad en España: a 90 km/h en carreteras convencionales

Entran en vigor los nuevos límites de velocidad en España. Desde hoy la velocidad máxima permitida en las carreteras convencionales se reduce a los 90 km/h (turismos, motos y autobuses) y 80 km/h (resto de vehículos) respectivamente. Para autopistas y autovías habrá tres límites de velocidad.

4 min. lectura

Publicado: 29/01/2019 15:00

Entran en vigor los nuevos límites de velocidad en España

Entran en vigor los nuevos límites de velocidad en España.

Hoy 29 de enero de 2019 han entrado en vigor los nuevos límites de velocidad en España. La gran novedad de nuevo reglamento es la reducción de 10 km/h en el límite de velocidad máxima en carreteras convencionales. Pasa de 100 a 90 km/h para turismos, motos y autobuses, mientras que el resto de vehículos no podrá superar los 80 km/h en este tipo de carreteras.

El Reglamento General de Circulación (artículo 48) ha sido modificado mediante un Real Decreto para establecer un cuadro más simplificado de las velocidades máximas en cada tipo de vía, puesto que los cambios no solo afecta al límite máximo permitido en las carreteras convencionales. Tanto en autovía como en autopista habrá desde hoy tres límites de velocidad según el tipo de vehículo: 120 km/h (turismos y motos), camiones y furgonetas (90 km/h) y resto de vehículos, incluidos autobuses (100 km/h).

También se establece una excepción para las vías convencionales con separación física de los dos sentidos de circulación. El titular de la vía, si así lo desea, podrá fijar un límite máximo de velocidad de 100 km/h para turismos y motos. Otra de las novedades que contempla la modificación del RGC es que las autocaravanas con una masa máxima autorizada (MMA) igual o inferior a los 3.500 kilogramos podrán circular a 120 km/h por autovía y/o autopista. De esta manera se sitúan a la par de los pick-up. Además se suma un nuevo límite máximo de 30 km/h en las vías sin pavimentar.

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¡Infórmate!

La Dirección General de Tráfico (DGT) destaca que al reducir la velocidad máxima en las vías convencionales se contendrá la accidentalidad. Según un reciente estudio elaborado por el Observatorio de la Seguridad Vial de la DGT, las carreteras convencionales soportan el 77% de los fallecimientos en accidentes de tráfico. Además, en el 20% de los accidentes la velocidad de circulación era inadecuada. Se trata de uno de los informes a los que se acogen para realizar estos cambios.

Durante el pasado año 2018 han fallecido 877 personas en estas carreteras. El accidente más frecuente es la salida de la vía que representa el 40% de los accidentes mortales registrados. En segundo lugar tenemos las colisiones frontales con el 27% y por último, en una parte igualmente notable. Gran parte de estos accidentes son causados por la pérdida de control debido a una velocidad excesiva.

Límites de velocidad en vías interurbanas en España

Tipo de vehículoAutopista/AutovíaConvencional
Turismo120 km/h90 km/h
Motocicleta120 km/h90 km/h
Autocaravana de MMA = 3.500 kg120 km/h90 km/h
Pick-up120 km/h90 km/h
Autobús100 km/h90 km/h
Vehículo derivado de turismo100 km/h90 km/h
Vehículo mixto adaptable100 km/h90 km/h
Camión/Tractocamión90 km/h80 km/h
Furgón/Furgoneta90 km/h80 km/h
Autocaravana de MMA 3.500 kg90 km/h80 km/h
Vehículo articulado90 km/h80 km/h
Automóvil con remolque90 km/h80 km/h
Resto de vehículos90 km/h80 km/h
Bicicleta45 km/h*45 km/h
Ciclomotor45 km/h*45 km/h

* Solo bicicletas por autovía, salvo prohibición expresa. Más información y excepciones en el RD 1514/2018.

Fuente: Dirección General de Tráfico

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