El carril bici es una vía ciclista que discurre junto a la calzada destinada a vehículos motorizados y que puede ser de uno o de doble sentido. Cada vez es más frecuente en las ciudades, ya que los ayuntamientos los utilizan para fomentar la movilidad sostenible.
Los carriles bici se han multiplicado en los últimos años como medida para combatir el tráfico motorizado en las ciudades y también para incrementar la seguridad de los ciclistas en entornos urbanos y en vías interurbanas.
Pero, aunque su nombre ya indica claramente que está destinado a bicicletas, lo cierto es que puede ser utilizado con más vehículos no motorizados. Eso sí, utilizarlo incorrectamente puede costarte una multa considerable.
Quién puede circular por carril bici
El Real Decreto que legisla los carriles bici los define como «la vía acondicionada para el tráfico de ciclos, con la señalización horizontal y vertical correspondiente, y cuyo ancho permite el paso seguro de estos vehículos».
Esto quiere decir que no sólo las bicicletas pueden utilizarlo, sino también los Vehículos de Movilidad Personal o VMP definidos en la nueva Ley de Tráfico que entró en vigor el pasado 21 de marzo.
Consulta la normativa de tu localidad, pues algunos ayuntamientos prohíben el uso del VMP en los carriles bici
Cuándo es obligatorio ir por carril bici
Desde que entró en vigor la nueva Ley de Tráfico, los VMP se han unido a las bicicletas en la prohibición de circular por la acera. Por tanto, en caso de no existir carril bici, todos ellos deben circular por el margen derecho de la calzada.
Pero, ¿qué ocurre si hay carril bici? La realidad es que no es obligatorio el uso del carril bici, excepto en presencia de la señal R-407a, que sí indica la obligación de utilizarlo. En caso contrario, el ciclista o usuario de VMP puede decidir si utiliza la calzada o el mencionado carril.
Siempre que haya un carril bici junto a la calzada, será recomendable su uso.
Multa por circular por la acera
La multa por circular por la acera con una bicicleta, un patinete eléctrico o cualquier otro VMP es de 200 euros, aunque cada ayuntamiento puede modificar la misma. En caso de circular por la calzada existiendo carril bici, la multa también será de 200 euros.
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