¿Puedo pasar la ITV sin tener el coche asegurado? ¿Y puedo contratar un seguro sin haber pasado la ITV?
Tanto el seguro obligatorio como respetar los plazos de la ITV son temas importantísimos como propietarios de un vehículo. Las cosas pueden cambiar en España próximamente al respecto para mejorar la seguridad de todos en la carretera.
Si tenemos un vehículo en propiedad, deberemos contar sí o sí con una póliza de seguro. Así lo estipula el Real Decreto Ley 8/2004 del 29 de octubre, que dice que todos los vehículos a motor deben contar con un seguro de Responsabilidad Civil para poder circular en el territorio nacional.
Por otro lado, también como propietarios deberemos ir con regularidad a una estación ITV para pasar la correspondiente inspección. Los plazos varían en función del tipo de vehículo y de los años de este. En el caso de los turismos, la primera ITV debe pasarse a los cuatro años desde su matriculación, luego cada dos años hasta llegar a la década, donde ya la inspección es anual.
Ahora bien, ¿puedo pasar la ITV si no tengo contratado un seguro obligatorio? Y a la inversa, ¿podrían impedirme contratar una póliza de seguro si no he pasado la ITV cuando me tocaba? Damos respuesta a estas cuestiones.
Pasar la ITV sin seguro contratado
Esta situación es imposible que se dé en España: si no tienes contratado un seguro obligatorio, no podrás pasar la ITV. Puedes pensar, ¿y si tengo el coche dado de baja y traslado el vehículo hasta la estación?
Desde hace unos años, es obligatorio que el propietario del vehículo tenga contratada una póliza de seguro en el momento que debe pasar la inspección ITV. Si no se acredita esta situación, no podrás pasarla. Puedes, en este último caso, contratar un seguro temporal, ya sea por días o por meses, algo que ya ofrecen la mayoría de aseguradoras.
Recuerda que un seguro te va a cubrir en caso de que tengas un accidente con el coche; si no, deberás afrontar tú los gastos derivados. Pero no solo eso, ya que las autoridades podrán inmovilizarte el vehículo durante un período de entre 30 y 90 días, según la reincidencia, además de hacerse cargo de los gastos de dicha inmovilización y otros cargos. En caso de no pagar, la inmovilización puede durar hasta un año.
Y no nos olvidamos de las posibles multas: circular sin seguro se castiga con multas desde los 600 hasta los 3.000 euros. Si lo haces sin haber pasado la ITV, la multa es de 200 euros; la misma que si lo haces tras obtener un resultado desfavorable. Y si te pillan conduciendo con una ITV negativa, el castigo es de 500 euros y la inmovilización del vehículo.
Contratar un seguro sin la ITV
Aquí la situación cambia, ya que no hay una ley que permita a las aseguradoras comprobar si un vehículo ha pasado o no la ITV antes de proceder a la contratación de un seguro obligatorio.
Sin embargo, desde la Unión Española de Entidades Aseguradoras y Reaseguradoras (Unespa) y desde la Asociación de inspecciones de vehículos (Aeca-ITV), se está presionando para que esto cambie.
Se pide que se establezcan los mecanismos necesarios para que las aseguradoras, en el momento de contratar, renovar o subrogar la póliza del seguro del vehículo, y en el momento de gestionar posibles siniestros, puedan saber si la ITV está en vigor.
Para ello, necesitarían poder acceder al Registro de vehículos de la DGT de forma automática y rápida, igual que ya hacen las estaciones ITV para conocer la situación del vehículo antes de proceder a la inspección.
Ambas asociaciones reiteran la importancia de esta medida, ya que según sus cálculos hay casi 9 millones de vehículos que circulan en España con una póliza en vigor y sin haber pasado la ITV. Algo que reduce la seguridad en las carreteras y afecta al medioambiente, ya que están circulando muchos vehículos sin cumplir con los estándares de seguridad y ambientales necesarios y adecuados.