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¿Cuánto es la multa por hablar por teléfono en el coche?

Hablar por teléfono durante la conducción es considerado una infracción grave salvo en las excepciones previstas por la Ley de Seguridad Vial. Conoce cuál es el importe al que te enfrentas y la retirada de puntos asociada, así como otros detalles clave.

¿Cuánto es la multa por hablar por teléfono en el coche?
La multa por hablar por teléfono es de 200 euros y tres puntos.

6 min. lectura

Publicado: 14/04/2020 21:00

Ya lo sabrás, o deberías, que hablar por teléfono cuando estamos al volante está considerado como una infracción de la normativa de circulación. La Ley de Seguridad Vial lo cataloga como una infracción grave, pero es conveniente saber con precisión qué establecen exactamente lo que nosotros solemos llamar 'hablar por teléfono', y qué no, y cuál es la multa por hablar por teléfono, exactamente.

La Ley de Seguridad Vial establece que no solo el uso de dispositivos de telefonía móvil -los smartphones- está prohibido durante la conducción, sino también de los navegadores y de cualquier otro medio, o sistema de comunicación, salvo cuando el desarrollo de tales comunicaciones tenga lugar sin necesidad de usar las manos, cascos, auriculares o 'elementos similares'. Profundicemos al respecto.

Hablar por teléfono en el coche ¿multa en todos los casos?

Es posible hablar por teléfono en el coche, sí, pero única y exclusivamente cuando no se cumpla cualquiera de las anteriores, o en excepciones que se puedan establecer respecto a lo anterior. Hablar por teléfono en el coche sujetándolo con la mano sería efectivamente una infracción grave, igual que usar las manos para controlar el GPS del móvil y, en definitiva, todo lo que se ajuste a lo anteriormente descrito. El 'manos libres' del teléfono es la vía para poder hablar por teléfono en el coche sin incurrir en una infracción y por tanto ser multados.

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Si un helicóptero detecta la infracción, se denunciará al propietario y este tendrá que especificar la identidad del conductor.

La multa por hablar por teléfono en el coche, o mejor dicho durante la conducción, está fijada en 200 euros a nivel económico y en una retirada de tres puntos del carnet. Algo en lo que, como avanzábamos, también entraría el uso del navegador GPS de nuestros móviles, o el uso de auriculares que desgraciadamente tan extendido está entre los conductores.

Notificación de las multas por hablar por teléfono en el coche

La sanción por hablar por teléfono durante la conducción se debe notificar en el momento en que se comete la infracción. Es posible que la infracción sea observada por un agente de control de tráfico que solicite la detención del vehículo para la emisión de la correspondiente multa, o que la infracción sea registrada en una fotografía por parte de los helicópteros de vigilancia del tráfico.

En este segundo caso, la multa llegaría algún tiempo después de haber sido advertida al domicilio del propietario del vehículo según los datos de tráfico a partir de la matrícula. En caso de no ser el conductor infractor, el notificado y denunciado tendría que aclarar la identidad del conductor 'pillado' cometiendo la infracción de tráfico.

El uso de auriculares o cascos también está recogido como la misma infracción grave según la Ley de Seguridad Vial.

Existe otra posibilidad, aunque más atípica, en la que un radar de velocidad capta una fotografía de un vehículo que ha infringido los límites de velocidad. Y que lo hacía mientras estaba hablando por teléfono durante la conducción. También en este caso, la multa llegaría al propietario registrado, y éste tendría que especificar la identidad del conductor infractor.

La multa por hablar por teléfono durante la conducción puede tener un importe menor

La retirada de tres puntos del carnet de conducir es insalvable para el conductor infractor, salvo que interponga un recurso a la multa y acabe resolviéndose a su favor. Lo que sí es salvable es el importe de la multa de 200 euros, por lo que contempla el pronto pago de multas.

Durante los 20 días posteriores a la notificación de la multa, que como avanzábamos suele producirse en el mismo momento de la infracción, se dispone de un período de pago voluntario por el cual tendríamos que abonar un 50% del importe. Es decir, pagaríamos 100 euros por la correspondiente multa por hablar por teléfono durante la conducción.

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