Ha comenzado la campaña de la RENTA. Como cada año, hasta el próximo día 30 de junio, millones de españoles se ven en la obligación de llevar a cabo la declaración de la renta. Una declaración que deben realizar aquellos ciudadanos mayores de edad que hayan ingresado más de 22.000 € durante el pasado año 2022, procedentes de un único pagador, o 14.000 € de varios pagadores.
Es el momento de ajustar cuentas con el Estado y, lamentablemente, tenemos una mala noticia para aquellos ciudadanos que, durante el pasado ejercicio, hayan recibido una ayuda para comprar un coche eléctrico. Sí, las ayudas para la adquisición de vehículos electrificados incluidas en el Plan MOVES deben ser tributadas. Como señala el popular refrán español, «nadie da duros por pesetas».
Plan MOVES, ¿una ayuda envenenada para comprar coches eléctricos?
Las ayudas del Gobierno a la compra de automóviles electrificados y, especialmente, 100% eléctricos, se deben declarar y abonar. Los conductores que durante el pasado año se acogieron al mencionado Plan MOVES están en la obligación de incluir el importe de la ayuda como una ganancia patrimonial y, por lo tanto, reflejarla en su declaración y en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF).
Hacienda considera que este tipo de ayudas como «Ganancias Patrimoniales», de ahí que deban quedar grabadas en la base imponible general. Recordemos que el Plan MOVES III contempla ayudas que superan con creces la barrera de los 5.000 €. Este programa de ayudas finalizará el próximo día 31 de diciembre de 2023 o antes en caso de agotarse el presupuesto.
Tabla resumen de las ayudas concedidas por el plan MOVES III
Cuánto se paga a Hacienda por las ayudas del Plan MOVES III
En este punto cabe hacerse una pregunta determinante. ¿Cuánto se paga a Hacienda por las ayudas del Plan MOVES III? No es posible dar una respuesta concreta. Depende de varios factores. Desde el importe recibido hasta el tipo impositivo hasta el tipo impositivo que le corresponde en base a su nivel de ingresos y la base general del impuesto. Lo habitual es tener que pagar entre el 20 y el 30% de la ayuda recibida según señala el Sindicato de Técnicos del Ministerio de Hacienda (Gestha).
Tramos de ingresos y cantidad de ayuda a devolver
En el peor de los casos, quien reciba la máxima cantidad disponible para estas ayudas deberá devolver más de 3.000 €. También cabe recordar que, en caso de que la declaración nos salga a pagar, se tiene la posibilidad de aplazar la devolución o fraccionarla.