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Empieza la declaración de la RENTA y tenemos una mala noticia si has pedido una ayuda para comprar un coche eléctrico

Se ha iniciado la campaña de la RENTA. Millones de españoles están en la obligación de realizar la declaración de la renta para millones de españoles. Aquellos ciudadanos que hayan recibido una ayuda para comprar un coche eléctrico están en la obligación de declararla. Te explicamos qué supone para tus finanzas el haberte beneficiado del Plan MOVES.

Empieza la declaración de la RENTA y tenemos una mala noticia si has pedido una ayuda para comprar un coche eléctrico
Las ayudas del Plan MOVES III se deben declarar y tributar en la RENTA

4 min. lectura

Publicado: 11/04/2023 18:00

Ha comenzado la campaña de la RENTA. Como cada año, hasta el próximo día 30 de junio, millones de españoles se ven en la obligación de llevar a cabo la declaración de la renta. Una declaración que deben realizar aquellos ciudadanos mayores de edad que hayan ingresado más de 22.000 € durante el pasado año 2022, procedentes de un único pagador, o 14.000 € de varios pagadores.

Es el momento de ajustar cuentas con el Estado y, lamentablemente, tenemos una mala noticia para aquellos ciudadanos que, durante el pasado ejercicio, hayan recibido una ayuda para comprar un coche eléctrico. Sí, las ayudas para la adquisición de vehículos electrificados incluidas en el Plan MOVES deben ser tributadas. Como señala el popular refrán español, «nadie da duros por pesetas».

Plan MOVES, ¿una ayuda envenenada para comprar coches eléctricos?

Las ayudas del Gobierno a la compra de automóviles electrificados y, especialmente, 100% eléctricos, se deben declarar y abonar. Los conductores que durante el pasado año se acogieron al mencionado Plan MOVES están en la obligación de incluir el importe de la ayuda como una ganancia patrimonial y, por lo tanto, reflejarla en su declaración y en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF).

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Hacienda considera que este tipo de ayudas como «Ganancias Patrimoniales», de ahí que deban quedar grabadas en la base imponible general. Recordemos que el Plan MOVES III contempla ayudas que superan con creces la barrera de los 5.000 €. Este programa de ayudas finalizará el próximo día 31 de diciembre de 2023 o antes en caso de agotarse el presupuesto.

Tabla resumen de las ayudas concedidas por el plan MOVES III

MotorizaciónCategoríaAutonomía en modo eléctrico (ciclo WLTP)Límite de precio de venta sin IVA o IGICAyuda sin achatarramientoAyuda con achatarramiento
BEV ligeros (dos, tres o cuatro ruedas)BEV ligeros (dos, tres o cuatro ruedas)Mayor o igual de 70 km.10.000 €Entre 1100 y 1800 €Entre 1300 y 2000 €
PHEV, EREV, BEV, Pila de combustibleN1Mayor o igual de 30-7000 €9000 €
PHEV, EREV, BEVM1Mayor o igual de 90 km.45.000 € (53.000 para vehículos BEV de 8 o 9 plazas)4500 €7000 €
PHEV, EREV, BEVM1Entre 30 y 90 km.45.000 € (53.000 para vehículos BEV de 8 o 9 plazas)2500 €5000 €
Pila de combustible (FCV, FCHV)M1--4500 €7000€

Cuánto se paga a Hacienda por las ayudas del Plan MOVES III

En este punto cabe hacerse una pregunta determinante. ¿Cuánto se paga a Hacienda por las ayudas del Plan MOVES III? No es posible dar una respuesta concreta. Depende de varios factores. Desde el importe recibido hasta el tipo impositivo hasta el tipo impositivo que le corresponde en base a su nivel de ingresos y la base general del impuesto. Lo habitual es tener que pagar entre el 20 y el 30% de la ayuda recibida según señala el Sindicato de Técnicos del Ministerio de Hacienda (Gestha).

Tramos de ingresos y cantidad de ayuda a devolver

Tramos de ingresosCantidad de ayuda a devolver
Hasta 19.450 €19%
Hasta 20.200 €24%
Hasta 35.200 €30%
Hasta 60.000 €37%
Hasta 300.000 €45%
Más de 300.000 €47%

En el peor de los casos, quien reciba la máxima cantidad disponible para estas ayudas deberá devolver más de 3.000 €. También cabe recordar que, en caso de que la declaración nos salga a pagar, se tiene la posibilidad de aplazar la devolución o fraccionarla.

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