Cada tipo de radar cuenta con un margen de error específico.
Todo conductor sabe a qué velocidad máxima puede circular, bien porque conoce la genérica de cada vía o porque la señalización le indica la específica de cada tramo. Sin embargo, ese límite no es el que la DGT tiene en cuenta para multar.
Quizá te sorprenda, pero la velocidad máxima a la que puedes circular en una autovía no coincide con la velocidad a partir de la cual la Dirección General de Tráfico (DGT) puede multarte por exceso de velocidad.
Esto es lo que se conoce como margen de error de los radares de tráfico, y tiene su explicación.
Qué es el margen de error de un radar de la DGT
Como te hemos avanzado, el margen de error de una radar de tráfico es la diferencia entre la velocidad máxima delimitada para un tramo concreto de vía y la velocidad real a partir de la cual el dispositivo puede multar.
Esto se debe a que la ley obliga a todos los radares a contar con un umbral de tolerancia para prevenir un hipotético error de medición. Es decir, se da por hecho que el radar puede tener un pequeño margen de error de medición, por lo que se aplica un margen que evite multas injustas.
No olvides que los velocímetros, especialmente los analógicos, también tienen su propio margen de error
Desde 2015, la ley ha unificado el margen de error de los radares de tráfico que la DGT utiliza en España:
+7 km/h en tramos en los que la velocidad máxima es inferior o igual a 100 km/h.
+7% en tramos en los que la velocidad máxima es superior a 100 km/h
Pero esto, que debe tomarse como una regla general, no se aplica exactamente así en todos los casos, pues depende del tipo de radar que se utilice para la medición.
Este es el verdadero margen de error según el tipo de radar
No todos los dispositivos cuentan con las mismas especificaciones técnicas ni márgenes de error, que son los siguientes:
Radares fijos: 5 km/h y 5% por encima de 100 km/h.
Radares móviles de trípode o instalados en vehículos parados: 5 km/h y 5% por encima de 100 km/h.
Radares en instalación móvil sobre vehículo: 7 km/h y 7% por encima de 100 km/h.
Radares de tramo: 3 km/h y 3% por encima de 100 km/h.
Radares aéreos en helicóptero Pegasus: 5 km/h y 5% por encima de 100 km/h.
La velocidad máxima de cada tramo sirve como referencia para establecer la velocidad real a la que se comienza a multar.
Esto quiere decir que las velocidades reales a las que multan los radares son las que puedes consultar en esta tabla.
Velocidades reales a las que multa cada tipo de radar de la DGT
En cualquier caso, lo mejor que puedes hacer es ceñirte a la velocidad máxima que marca la señalización en la carretera, así como la genérica de cada vía. No olvides que los velocímetros, especialmente los analógicos, también cuentan con su propio margen de error, aunque generalmente indican mayor velocidad de a la que realmente circula el vehículo.
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