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El Consorcio de Compensación de Seguros es una entidad pública española que cubre riesgos extraordinarios y actúa como aseguradora de último recurso. Exploraremos su papel en la protección de los asegurados y en la estabilidad del mercado asegurador.
Este organismo adscrito al Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital a través de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones tiene como objetivo ser un instrumento al servicio del sector asegurador español.
Desempeña básicamente cuatro funciones principales:
El Consorcio de Compensación de Seguros tiene plena capacidad para obrar de manera independiente, así como personalidad jurídica propia, estando su marco de actuación recogido en el Estatuto Legal (pincha para descargar pdf si estás interesado en consultarlo).
Dispone de patrimonio propio y no depende de presupuesto público alguno, ya que se nutre de los recargos aplicados en la mayoría de pólizas de seguro que contratamos. Cada usuario de seguros paga algo parecido a un impuesto que permite la viabilidad del Consorcio.
Esta entidad es dirigida por un Consejo de Administración presidido por el Director General de Seguros y Fondos de Pensiones y está compuesto por 14 miembros, siete de los cuales son altos directivos de entidades aseguradoras privadas y el resto altos cargos de la Administración.
En esta rama de su actividad, el Consorcio indemnizará los daños producidos por fenómenos naturales o derivados de hechos de incidencia política o social, siempre y cuando el afectado tenga suscrito un seguro para las personas o bienes afectados.
En este caso el Consorcio cubre la cobertura obligatoria de los automóviles que no han sido aceptados por ninguna otra compañía de seguros, así como de los organismos públicos que la soliciten. Además, se ocupa de cubrir los daños ocasionados por vehículos desconocidos, que no cuentan con seguro en vigor o que han sido robados.
A fin de proteger a acreedores tales como asegurados, beneficiarios y terceros perjudicados, el Consorcio intercede en casos de compañías en liquidación encomendadas al mismo o que se encuentren en situación de concurso de acreedores.
Lo primero y más importante es tener activa una póliza de seguros, que en función de su naturaleza permitirá al Consorcio cubrir determinadas situaciones extraordinarias. En el caso de los vehículos, estos supuestos son accidentes de tráfico ocasionados por:
Puedes reclamar la intervención del Consorcio personalmente o a través de tu aseguradora mediante los siguientes canales de comunicación:
Para poder formalizar la reclamación debes aportar tus datos personales, el número de póliza y recibo del pago, así como las pruebas y testimonios que guarden relación con el suceso y hagan constar los daños sufridos.
Los diversos daños que puedes reclamar al Consorcio son los siguientes:
Finalmente, en el caso de que la compañía de seguros que hemos contratado sea declarada insolvente o quiebre, el Consorcio será el estamento encargado de cubrir los daños que puedan ocasionarse mientras procede a la liquidación de los bienes de la aseguradora o toma el control de la misma.
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